REDACCIÓN/LALUPA.MX
Querétaro, Qro., 29 de octubre de 2024.- El cargo de fiscal general del estado no podrá ser reelecto, su cargo será irrenunciable, salvo causa grave que lo amerite, y solamente podrá ser removido por la Legislatura, explicó el diputado morenista Arturo Maximiliano García, al presentar una iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado de Querétaro.
Explicó que la renuncia anticipada del anterior fiscal mostró los vacíos legales que derivaron en incertidumbre jurídica el pasado 19 de agosto, por ello fue necesario legislar para establecer los mecanismos de renuncia anticipada y/o ausencia de la autoridad, con la finalidad de garantizar la continuidad y estabilidad de la institución.
La iniciativa de ley propuesta reforma el párrafo quinto y sexto del artículo 30 bis, el párrafo primero del artículo 30 ter; se adiciona el párrafo noveno del artículo 30 bis y el párrafo cuarto del artículo 30 ter, que establecen que el fiscal general del estado y el titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción durarán en su encargo nueve años, no podrán ser reelectos, el cargo será irrenunciable, salvo causa grave que amerite, y solamente podrán ser removidos por la Legislatura por las causas que expresamente establezca el título cuarto de la Constitución local, o por falta establecida en las leyes que regulen las responsabilidades de los servidores públicos y sancionada por el pleno. Asimismo, serán removidos mediante la misma votación requerida para su nombramiento.
La iniciativa de ley propone que ante la ausencia absoluta o renuncia del fiscal general del estado o, en su caso, del titular de la Fiscalía Especializada en el Combate a la Corrupción, se iniciará el procedimiento de elección del relevo, el cual deberá ser designado por el periodo que resta de su antecesor, y no podrán ser reelectos para un nuevo periodo.



