Autoría de 9:47 pm #Opinión, Josué Quino - Diálogos de Latón

Matrimonio igualitario, al fin humo blanco – Josué Quino

—¡Abuelito! ¡Finalmente publicaron la ley de Matrimonios Igualitarios!

—Así es, nietecito, pero déjame decirte que no es una ley. Es una reforma a ciertos artículos, básicamente el 137 que antes decía que el matrimonio debe llevarse a cabo entre un hombre y una mujer, y ahora, dice así, a ver, espérame porque aquí lo tengo en el periódico.

—¿En el periódico de “La sombra de Arteaga”, que me dijiste que es la gaceta oficial en donde debería de publicarlo el gobernador?

—No. Este es un periódico local. El gobernador finalmente se lavó las manos y no publicó directamente nada. Pero lo hicieron los de su administración bajo sus órdenes.

—Pero tú me explicaste que para que fuera válido se tenía que publicar en “La Sombra de Arteaga”, porque si no, no iba a valer.

—También yo creía eso, pero no era cierto del todo. Existían dos maneras que las reformas fueran publicadas para que fueran válidas. Una de ellas era la que te dije, que el gobernador la publicara en “La Sombra de Arteaga” y la otra, que no conocía, era que se publicara en dos periódicos que se vendieran en el estado. Y finalmente así fue.

—¡Ah! ¿Pero entonces si es válido?

—Si. El matrimonio entre dos personas del mismo sexo en el estado de Querétaro, ya es válido.

—Entonces, ¿cómo quedó el artículo ese ya reformado, abuelito?

—El artículo 137 del Código Civil del estado de Querétaro quedó de la siguiente manera: Primero se anuncia un artículo único en el que se enlistan los artículos reformados, que son el 137, el 150, el 158, el 160, el 198, el 200 y algunos párrafos y fracciones de otros tantos.

—¿Pero qué dice?

—Dice así: “Artículo 137. El matrimonio es una institución en la que se establece un vínculo jurídico por la unión entre dos personas que, con igualdad de derechos y obligaciones, son la base del nacimiento y estabilidad de una familia, así como la realización de una comunidad de vida plena y responsable.”

—¡Ahora si seremos reconocidos legalmente como familia!

—Ese es uno de los mayores beneficios obtenidos, porque ahora si, ¡legalmente! los providos y los persignados, no nos van a poder excluir de lo que siempre han considerado que les pertenece: la designación y el reconocimiento de la familia.

—¿Y qué va a pasar con todo eso que me dijiste de las herencias? Porque ya ves que luego esa gente que corrieron de su casa a su familiar homosexual o lesbiana, y que vivía con su pareja sin poderse casar, llegan y se llevan todo lo que compraron en pareja, y sólo le dejan más dolor a quien queda con vida.

—Ya no van a poder arrebatarle nada, en caso de que una de las dos personas fallezca y la otra quede viva. Mira, aquí dice, más o menos entendí que en la reforma del artículo 728 habla sobre el patrimonio de ambos como pareja, y en la facción II die: “Por los cónyuges sobre sus bienes respectivos, sin que se necesite la autorización del otro cónyuge:”

—Oye, abuelito, alguna vez me preguntaste que si yo me quería casar alguna vez y te dije que no, aunque se pudiera. Le pregunté lo mismo a mis amigos gays y ellos a sus amigos y nadie nos queremos casar.

—¿Por qué?

—Pues, básicamente es por lo mismo: no nos gusta como son las familias heterosexuales, no queremos ser como ellos.

—¿En serio?

—Si. Yo a mi papá casi ni lo veo, porque no vive con nosotros, y a mi mamá igual, aunque vivimos juntos todo el tiempo está trabajando. ¿Para qué me voy a casar?

—Bueno, no todas las familias son así, créemelo. Pero si es su decisión de no casarse, adelante. Lo importante es que en caso de que decidas hacerlo, tú o tus amigas o amigos, ¡ya pueden hacerlo! ¡Ya tienen ese derecho! Y con ello ahora están muchísimo más integrados a la ciudadanía, a la comunidad, a los grupos sociales que pueden casarse y divorciarse cada vez que se les da la gana.

—Bueno, eso sí. Pero, me acaba de nacer una duda, abuelito, en caso de que yo conozca a alguien y vivamos juntos y nos hagamos de nuestras cositas, y así y así, pero no nos casemos, ¿qué pasaría si alguno de los dos falleciéramos?

—¡Esa es una muy buena pregunta! Mira, también está previsto en esta reforma. Justo en el artículo 237 dice: “El concubinato es la unión entre dos personas, libres de matrimonio, con el propósito de integrar una familia y realizar una comunidad de vida con igualdad de derechos y obligaciones”.

—¡Eso está mejor! Porque si me gustaría tener una pareja, algún día, y vivir con ella, hasta que ya no queramos seguir juntos. Pero tenía la duda de qué pasaría en caso de que no nos casáramos.

—También se les tomará como familia, y tendrán los mismos derechos que si estuvieran casados. ¡Como los heterosexuales! Ahora ya nada más hay que comenzar a arreglar todos esos asuntos pendientes durante toda la vida de muchas parejas para que tengan acceso al IMSS, al ISSSTE y a todos los beneficios que como esposos y cónyuges tenemos ya ¡legalmente!

—¡Pues vamos por una nieve de mamey a la paletería de la Iglesia de la Cruz, para celebrar!

—¡Vamos! Pero yo quiero de guanábana, porque no me gustan las nieves de leche.

—Pues a ver si hay. Y si no, puedes elegir otro sabor, o te puedes comer un elote, o esquites…

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Last modified: 13 noviembre, 2021
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