Autoría de 11:15 pm #Opinión, Agustín Villanueva Ochoa - Sapere Aude

Mes del testamento: El respeto de la última voluntad – Agustín Villanueva Ochoa

El testamento es un documento legal que desempeña un papel fundamental en la preservación de la última voluntad de una persona.

Este documento legal forma parte del acto jurídico por medio del cual una persona, conocida como el testador, declara de manera escrita sus deseos y disposiciones acerca de la distribución de sus bienes después de su muerte. Este documento puede establecer instrucciones sobre quienes serán los herederos, la forma en que se repartirán los bienes, así como la designación de un albacea o ejecutor testamentario, quien se encargará de llevar a cabo las disposiciones del testamento.

Gracias a la presentación de los resultados de la Encuesta bianual de Servicios Notariales, a través del Colegio de Notarios de la Ciudad de México en enero del 2023, se registró un incremento en la cultura testamentaria, ya que el 23% de la población en la CDMX cuenta con un testamento; un porcentaje que a nivel nacional ronda en el 8%.

De acuerdo a una publicación en Milenio durante noviembre del 2020, se precisó que, en México, nueve de cada diez fallecidos por Covid-19 no dejó un testamento.

La importancia del testamento puede verse reflejada desde distintas ópticas; a continuación, se enlistan algunas de ellas:

  • Cumplimiento de la voluntad del testador: La importancia se encuentra en su capacidad para garantizar que los deseos del testador se respeten a cabalidad después de su fallecimiento. Sin un testamento, los bienes del difunto pueden ser distribuidos de acuerdo a las leyes de sucesión intestada.
  • Evita conflictos familiares: Puede llegar a evitar problemas familiares y conflictos legales entre herederos potenciales. Al determinar específicamente las personas beneficiarias y la forma en que se deben distribuir los bienes, se minimiza la ambigüedad y se reduce la probabilidad de litigios.
  • Planificación fiscal: Un testamento bien hecho puede ofrecer ventajas fiscales para los herederos; algunas disposiciones pueden disminuir la carga fiscal que impacta sobre la herencia, logrando que una mayor parte de los bienes sea conservada por los herederos.
  • Protección de menores: Pueden utilizarse para designar tutores legales para menores de edad en caso de que ambos padres fallezcan, esto permite que queden bajo el cuidado de alguna persona de confianza. Además, se podrá decidir quién será el “curador”, persona que vigilará que el tutor desempeñe bien sus funciones respecto del cuidado y administración de los bienes de los menores de edad o personas incapacitadas.
  • Preservación del patrimonio familiar: Los testadores pueden establecer fideicomisos y restricciones para asegurar que los bienes permanezcan en la familia y se transmitan de generación a generación.
  • Flexibilidad y modificación: Mientras estén en pleno uso de sus facultades mentales, los testadores pueden modificarlo o revocarlo en cualquier momento, esto brinda flexibilidad para adecuar el testamento a cambios en las relaciones familiares o en las circunstancias de vida.

En Jalisco se lanzó la conocida campaña “Mes del testamento”, con el propósito de que más familias cuenten con certeza jurídica respecto a los bienes heredados. Este 2023, el trámite tendrá el costo aproximado a los 2,000 pesos y será válido en todas las notarías públicas del estado de Jalisco durante los meses de septiembre y octubre. Cabe señalar que el costo durante el resto del año puede ascender a los 14,000 pesos.

Algunos de los requisitos para hacer un testamento en una notaría son los siguientes:

  • Tener la edad mínima según el estado donde decidas realizarlo.
  • Estar en pleno uso de tus facultades mentales y completar la solicitud.
  • Manifestar tu voluntad de manera clara. No es necesario hacer una lista de los bienes, ni tampoco exhibir las escrituras de propiedad de los inmuebles, únicamente requieres manifestar al notario a quién o a quiénes nombrarás como herederos.
  • Proporcionar tus datos generales (nombre(s); apellidos paterno y materno; fecha y lugar de nacimiento; nacionalidad, estado civil y, en caso de ser casado, determinar bajo qué régimen patrimonial (sociedad conyugal o separación de bienes); ocupación; y domicilio actual. Además de copia de tu acta de nacimiento, así como un original y copia de una identificación oficial.
  • En algunos estados es necesario llevar testigos.
  • Cubrir el pago de los derechos correspondientes.

Cumplido lo anterior y tomada la decisión y la voluntad de hacerlo, sólo resta acudir con un notario, el cual explicará los alcances de la disposición y dará la asesoraría correspondiente. Una vez recibía la voluntad, el notario redactará el testamento, le dará lectura y si el testador está de acuerdo, se firma y queda otorgado.

Es oportuno ahora compartir algunas recomendaciones antes llevar a cabo el proceso:

  • Reflexiona y organiza cómo te gustaría que fuera la distribución de tus bienes.
  • Acude con un notario y explícale tus deseos. Te brindará orientación.
  • Ten en cuenta que el trámite no implica que dejes de ser dueño de tus cosas, sólo es válido para los bienes que posees hasta el momento de tu muerte.
  • Hazle saber a la persona que designaste como albacea que realizaste un testamento y que será la persona encargada de administrar tus bienes y de ejecutar tu voluntad.

El testamento es una herramienta esencial en la planificación sucesoria. Todas las personas mayores de edad deberían considerar la elaboración de un testamento como parte de su organización personal, con el propósito de contar con la correcta transición de sus bienes a las generaciones futuras.

A manera de sugerencia final, es relevante establecer cómo será la repartición, es decir, si se piensa dejar en porcentajes o algunos bienes en específico; así como definir las personas que serán herederos y legatarios.

Heredero: Es la persona que va a recibir todo lo que se puede transmitir cuando el testador muera, al heredero no se le tiene que detallar que bienes se le dejan porque recibirá todo cuando muera el testador. Se pueden nombrar varios herederos e indicar el porcentaje que le toca a cada una de ellas, así como dejar herederos sustitutos de caso de que uno llegue a faltar.

Legatario: Es la persona a la que se le deja un bien a título particular, ahí se tiene que mencionar el bien que se piensa dejar y detallarlo lo más posible, por ejemplo, si se piensa dejar los cubiertos de plata de la abuela, especificar el tipo de marca, un número de serie o incluso una fotografía.

Elegir con detenimiento a las personas beneficiarias es clave, ya que a ellas les serán designadas las pertenencias que tanto tiempo y esfuerzo costaron obtener.

Existe la creencia que hacer el testamento es un augurio negativo y eso ha llegado a provocar que algunas personas decidan posponer e, incluso, no hacer su testamento.

La idea de morir genera temor en una gran parte de la población, razón por la que hablar del tema y de los aspectos que tienen cierta relación, en muchos de los casos prefieren evitarse. Afrontar esa idea no es fácil, pero sí adecuado.

Contar con este documento, no sólo deja plasmado el destino del patrimonio al morir, también se hereda paz y tranquilidad a los seres queridos.

“Unos buenos valores harán de tus hijos personas íntegras y respetables, es por eso que se deben enseñar y dejar como legado”. Anónimo.

Webgrafía:

https://www.jalisco.gob.mx/es/gobierno/comunicados/tramita-tu-testamento-durante-el-mes-de-septiembre-y-aprovecha-los-descuentos

https://www.gob.mx/profeco/documentos/el-testamento?state=published#:~:text=El%20testamento%20es%20el%20documento,bienes%20a%20los%20herederos%3A%20Albacea

https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/Bienes-y-herederos-las-claves-al-momento-de-redactar-su-testamento-20210916-0047.html

https://www.milenio.com/politica/sin-testamento-94-de-muertos-por-el-covid-19

https://colegiodenotarios.org.mx/?articulo=55&id=180

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Last modified: 22 septiembre, 2023
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