En 2020, la población en el municipio de Querétaro era de un millón 49 mil 777 personas. La cifra la cito a propósito del ejercicio público que ha emprendido la administración capitalina que encabezada por el presidente, Felipe Fernando Macías, denominado “Consulta: Tú decides la obra”.
La acción fue anunciada como el ejercicio mediante el cual la ciudadanía vota por la obra que considere más necesaria en su colonia o barrio y la que obtenga más votos es la que se realizará.
Si bien su marco conceptual puede ser positivo, su operatividad y efectividad tienen bajas posibilidades de concretarse. Las cifras así lo indican. Al cierre del primer mes del año; es decir, al 31 de enero, se habían inscrito o habían participado en la consulta alrededor de 28 mil ciudadanas y ciudadanos del municipio.
Tal cantidad significa 2.66 por ciento del total de los habitantes del municipio, que representa apenas que tres de cada cien habitantes podrían tomar la decisión de la o las obras a ejercer.
¿Cuánto más podrá crecer el registro de participantes para el 20 de febrero, que es la fecha que se fijó para cerrar la participación en la multicitada consulta?
La pregunta siguiente, por lógica, es ¿Qué cantidad de personas participantes avalará la legalidad y validez de la consulta?
Como no tenemos referente en tal sentido, vale la pena destacar que de acuerdo al artículo 64 de la vigente Ley Federal de Consulta Federal, publicada el 14 de marzo de 2014 y reformada el 19 de mayo de 2021, los resultados de una consulta popular serán legales y por ende obligatorios de aplicar por las autoridades, cuando “la participación total en la consulta popular corresponda, al menos al cuarenta por ciento de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores”.
Ser y deber ser
Digo que este ejercicio cuenta con un buen principio, que es dar poder a la ciudadanía, consultándola para determinar qué obra pública ejecutar, pero también es cierto que hasta ahora la participación es sumamente baja y, por ende, no le da voz a las mayorías.
Una política pública; es decir, ejecutada por una instancia gubernamental y que tiene el objetivo de hacer participar al ciudadano, tiene la obligación indeclinable de contar con máxima difusión, de tal suerte que se garantice que -como dice la ley citada líneas arriba- participe la mayor cantidad de interesados, o al menos 40 por ciento del universo involucrado.
La consulta de marras cuenta con al menos un par de errores claves: primero, que las propuestas de obras a ser electas son, en su mayoría, acciones que la autoridad tiene la obligación de realizar como es el caso del drenaje, el arreglo de calles y banquetas o la mejora de instalaciones educativas.
Peor aún resulta el hecho de que se contemple entre las obras a votar, aquellas dirigidas a la movilidad, lo que resulta un error, incluso de gobernanza.
En México, la movilidad es un derecho humano consagrado en la Constitución Política. Como tal, simple y sencillamente no puede ponerse a consulta pública.
El segundo error que contiene esta práctica es que la batería inicial de obras a ser votadas fue propuesta por la autoridad municipal y no surgió, como debería haber sido, de la petición ciudadana.
Me deja la sensación que varias de las acciones consideradas en la consulta, están contempladas en el Plan de Obra Anual del Municipio de Querétaro y no son, necesariamente, peticiones ciudadanas.
De gobierno o hacia el gobierno
Primero debió difundirse el Plan Anual de Obra. Luego, convocar a la consulta con la advertencia que no debía incluirse acciones ya contempladas en dicho plan.
Hay que tener en claro que existe una gran diferencia en la intención política que la propuesta surja de las entrañas del gobierno hacia la población, a que nazca del sentir ciudadano y se convierta en exigencia al gobierno.
Reitero que el ejercicio vale la pena pero hecho con la verdadera intención de escuchar la voz del pueblo y no con el plan de convalidar la obra ya prevista por el gobierno municipal.
Juan José Arreola de Dios
Periodista / Comunicación Política
Twitter (X): @juanjosearreola
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