REDACCIÓN/LALUPA.MX
Querétaro, Qro., 7 de octubre de 2024.- La diputada morenista Sully Mauricio Sixtos presentó una iniciativa de ley que busca reformar el artículo 273 del Código Civil estatal para otorgar mayor libertad a las parejas en concubinato al decidir sobre el régimen patrimonial de sus bienes adquiridos durante la relación.
La diputada destacó que el Código Civil vigente impone un régimen de comunidad de bienes a las parejas en concubinato que limita su derecho al libre desarrollo y a la autodeterminación en materia patrimonial. “Es necesario reconocer la capacidad de las personas para decidir sobre el manejo de sus bienes dentro de su relación filial, de manera similar a las disposiciones que ya existen para el matrimonio”, señaló la legisladora.
La iniciativa tiene el propósito de reconocer el derecho de las personas en concubinato a gestionar su patrimonio de manera libre y autónoma. La propuesta de la diputada Mauricio Sixtos está sustentada en principios constitucionales y de derechos humanos, tanto a nivel federal como estatal.

Se contempla la modificación del Capítulo XI del Código Civil estatal, permitiendo que las parejas en concubinato puedan elegir el régimen patrimonial que más se ajuste a sus necesidades, incluyendo la opción de optar por la separación de bienes o la sociedad conyugal.
Así quedaría el artículo en el Código Civil del Estado de Querétaro:
Artículo 273.- El concubinato es la unión de un hombre y una mujer, libres de matrimonio, con el propósito de integrar una familia y realizar una comunidad de vida con igualdad de derechos y obligaciones.
Se presume su existencia, cuando los concubinos vivieron juntos durante tres años o si antes de ese lapso de tiempo procrearon hijos en común.
Los concubinarios podrán acudir ante el Juzgado Familiar, Civil y/o Mixto competente de su Jurisdicción territorial, así como ante Notario Público de la demarcación territorial del Estado de Querétaro a efecto de que mediante jurisdicción voluntaria y/o comparecencia, establezcan el régimen patrimonial de los bienes adquiridos durante el concubinato, los cuales podrán ser los siguientes:
I.- Separación de bienes, o
II.- Sociedad Conyugal
Entendiéndose que aquellos que no realicen dicho procedimiento se regirán por las reglas de la Comunidad de Bienes.
Asimismo, la diputada subrayó que la reforma contribuirá a mejorar la impartición de justicia en Querétaro, ya que permitiría a los concubinos definir previamente las reglas patrimoniales ante un juez familiar o notario público. De esta manera, se reducirían los conflictos posteriores en caso de disolución de la relación.