ENTREVISTA: PATRICIA LÓPEZ NÚÑEZ/LALUPA.MX
Teresita Sánchez Núñez se convirtió en la primera mujer presidenta del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) en recibir una inspección en su domicilio, ser denunciada penalmente y en tener la anulación de su constancia de residencia, lo que la llevó a estar en el cargo sólo 55 días. Semanas después de la decisión, donde se le acusó de falsear información, hoy, en entrevista con lalupa.mx, la expresidenta considera que se le aplicó la ley de una manera rigurosa por cuestiones de género.
Vivió toda su vida en Querétaro, pero en 2017, cuando se integró al servicio profesional del Instituto Nacional Electoral (INE), la enviaron a trabajar a Nuevo León. El artículo 11 de la ley orgánica municipal señala que la residencia no se pierde por estar fuera de la entidad cuando se trate de una situación laboral, lo que la llevó a solicitar, por tercera ocasión, una constancia de residencia en Querétaro al tener aquí sus propiedades, su familia y su credencial de elector.
La expresidenta señaló que en 55 días vivió un ataque masivo en la que se le acusó de falsear información, el mismo día que asumió el cargo se abrió una carpeta de investigación con un proceso penal por falsedad ante autoridad con agravio al servicio público y se inició una campaña para desacreditarla públicamente, aunque la jueza declaró la no vinculación a proceso.
“Fue un hecho inédito en el IEEQ. No estaba viviendo en Querétaro físicamente porque estaba trabajando en Nuevo León, porque formo parte del servicio profesional electoral del INE y el INE decide a dónde manda a las personas. A mí en 2017, deciden que les soy funcional en Nuevo León, ahí trabajo, sin embargo, voy a Querétaro y no pierdo esa identidad en Querétaro donde vivo desde los 10 años, todo lo tengo allá, mi familia, mis propiedades”, detalló.
Cuando le empezaron a señalar que no vivía en Querétaro y que no cumplía con una residencia de cinco años en el estado, incluso antes de su nombramiento formal y ratificación, “comenzaron con una inspección por parte del Secretario del Ayuntamiento al domicilio que proporcioné para obtener mi constancia de residencia en Querétaro”.
Esta fue la tercera ocasión que Teresita Sánchez participó en el proceso y se trató de su tercera constancia de residencia, sin que tuviera alguna inspección en su domicilio con anterioridad, porque el gobierno municipal de Querétaro sólo pide la dirección, así como los años de residencia.
Además, en la ley orgánica municipal se pide presentar la credencial de elector con el domicilio que se pretenda acreditar la constancia y “yo atendí todos esos requerimientos, tenía mi domicilio, que es de mi propiedad y cumplí, la autoridad nunca me dijo que no vivía aquí, me dicen que falsee documentación, pero es mentira, porque para tramitar una constancia de residencia se piden copias de credencial de elector, nunca falsee información”.
Cuando se habló de la posibilidad de que Sánchez Núñez fuera la presidenta del IEEQ, el gobierno municipal realizó una inspección en el domicilio por una “supuesta denuncia ciudadana” que se recibió el 17 de octubre y al día siguiente el mismo Secretario del Ayuntamiento de Querétaro realizó la verificación física en el domicilio propiedad de Teresita Adriana, que se encontraba en renta a un trabajador del ayuntamiento capitalino.
Tras esa revisión, se anuló la constancia de residencia del municipio de Querétaro a pesar de que el artículo 11 de la ley orgánica municipal señala que la residencia no se pierde por estar fuera de la entidad cuando se trate de una situación laboral y que la persona no tenga la intención de radicar en otra entidad.
Para la expresidenta, el proceso fue resultado de una cuestión de género, porque a excandidatos en diferentes procesos electorales se les permitió contender sin cumplir con los cinco años de residencia, incluso cuando era público que vivían en otros estados o en otros países, como sucedió en al menos las dos campañas electorales anteriores.
“Aquí se dijo que en mi caso no hubo violencia, pero no se dio la importancia de lo que pueden pasar las mujeres en el ejercicio de un cargo público. Ninguna mujer debería pasar por eso, mucho nos ha costado abrirnos los espacios públicos. Finalmente, el 22 de diciembre el Tribunal Electoral resuelve sobre la revocación de mi nombramiento por considerar que no cumplía el artículo 100 que son los cinco años de residencia. Lo acepté porque soy institucional, pero no concuerdo con esta interpretación”.
Teresita Sánchez no es la única que ve un sesgo de género en el caso. La activista y defensora Consolación González Loyola Pérez subrayó que se le aplicó un criterio muy riguroso sobre el concepto de residencia, que no se aplica en los casos de los hombres, ni siquiera cuando son candidatos.
“Hay criterios diferenciados, donde a las mujeres se les califica con mayor rigor”, señaló la especialista. La expresidenta consideró que parte del problema también fue la falta de cercanía con alguno de los partidos políticos del estado, que prefieren tener a gente cercana más que a mujeres que tengan una carrera profesional en el servicio electoral.