NOTA: LENIN ROBLEDO/LALUPA.MX
La invalidación que realizó la Suprema Corte de Justicia de la Nación a las reformas hechas a la Ley Federal de Radio y Televisión en 2017 puede representar restricciones a la libertad de expresión, sin embargo, es necesario que se conozcan los lineamientos que establecerá al respecto, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, señaló para lalupa.mx, Raúl Trejo Delarbre, investigador universitario y especialista en temas de medios.
“Con respecto a la disposición de distinguir si se trata de opinión o información, no tiene una implicación inmediata, sino hasta que haya lineamientos del Instituto de Telecomunicaciones, pero a mí me parece que sí puede haber restricciones a la libertad de expresión si se llega a poner en práctica”, explicó el autor de más de una veintena de libros.
Destacó que la anulación que realizó la Suprema Corte fue por considerar que hubo inconsistencias en el proceso legislativo y no por el tema en sí mismo, pues no se discutieron las implicaciones que podría haber en los medios de radiodifusión y en las audiencias con esta decisión, por lo que quedaría vigente la Ley promulgada en 2014, aunque “es posible que el Congreso de la Unión decida hacer una nueva reforma siguiendo todas las normas parlamentarias o dejar la de 2014 (…) A mi me parece que si hace algo el Congreso, tendría que comenzar por eliminar esta disposición que puede ser utilizada para censurar o acotar de manera restrictiva a quienes producen mensajes en radio y televisión”, señaló.
El también catedrático dijo que en caso de retomar la discusión de reforma a dicha Ley, se tendría que tomar en cuenta a todos los involucrados y posibles afectados.
“Para que haya un proceso parlamentario, según las disposiciones del mismo Congreso, tiene que haber consultas, tienen que preguntarle a los posibles afectados, tiene que haber opinión incluso de los que no están de acuerdo, como los partidos de oposición y esto lo puede hacer fácilmente el Congreso”.
Recordó que con la reforma de 2017 se había eliminado la Ley que obligaba a los radiodifusores a distinguir si lo que estaban brindando era información u opinión, algo que consideró muy complejo, pues “en la radio y televisión muchos conductores opinan al mismo tiempo que dan información y es muy difícil que puedan avisarle a los radioescuchas o televidentes cuándo están formulando un juicio o cuando están proporcionando solamente un hecho”.
Explicó además, que con la anulación de la reforma de 2017, se restableció la facultad del IFT para revisar los códigos de ética de los radiodifusores y los obliga también a distinguir si están realizando publicidad en toda su programación y no sólo en los noticieros, como se había establecido en la modificación a la Ley de 2017.
Hay que recordar que el pasado 29 de agosto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó todas las reformas que se hicieron a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión en 2017 en materia de derechos de las audiencias, bajo la administración de Enrique Peña Nieto.